lunes, 10 de mayo de 2010

Ser juez y parte.

La Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Asociación desarrolla este derecho fundamental amparado por la Constitución, estableciendo un marco legal que lo protege y ampara, estableciendo unos preceptos básicos para el funcionamiento interno de las asociaciones, que debe sustentarse en principios democráticos, y otorgado a la Asamblea General el máximo poder como órgano supremo. Dicha Ley permite a las asociaciones autorregularse internamente con total autonomía y que puedan gobernarse conforme a sus propias normas sin injerencias externas. Por ello, cada asociación redacta y aprueba sus propios Estatutos como cuerpo jurídico de autogobierno, en base a sus propias necesidades y características, sin que por ello, dichos Estatutos puedan conculcar los principios básicos establecidos por dicha Ley, ni los de ninguna otra.

La Asamblea General, aún siendo órgano supremo, es la primera en estar sujeta a los propios Estatutos, y cualquier acuerdo adoptado por ella que no cumpla sus preceptos, o sea contrario a lo establecido en ellos, es nulo de pleno derecho y carece de validez.

La Ley también reconoce expresamente los derechos fundamentales de los asociados y destaca el derecho de todo asociado a impugnar los acuerdos de la propia Asamblea General o de los órganos de gobierno en que concurran las circunstancias descritas en el párrafo anterior.

Todo sistema democrático debe sustentarse en un Estado de Derecho, que no es otra cosa que el conjunto de normas que regulan su funcionamiento y la aplicación de las mismas. La resolución de posibles conflictos por el incumplimiento de esas normas compete a los órganos judiciales, en nuestra sociedad representados por los tribunales de justicia. Dichos tribunales deben cumplir en todo caso los preceptos de imparcialidad e independencia.

En el caso de las asociaciones, este Estado de Derecho es el configurado por las normas reflejadas en sus Estatutos y Reglamentos, y normalmente y dependiendo de lo expresado por dichos Estatutos, quien debe velar por su cumplimiento, a falta de órgano judicial, es el órgano de gobierno correspondiente. Pero tristemente, es precisamente este órgano de gobierno el que, en ocasiones, se ve inmerso en el incumplimiento, y consiguientemente, se pierden los preceptos de imparcialidad e independencia, debiendo en tales casos, delegar esas funciones en el órgano de máxima representatividad, que es la Asamblea.

Todo esto viene a colación por lo acontecido en la Federación Ornitológica de Castilla-León, donde la mitad de las asociaciones han impugnado las pasadas elecciones a su Junta Directiva, debido a la multitud de irregularidades que en ellas se han cometido, incumpliendo los preceptos establecidos en su normativa, y solicitando la repetición de dichas elecciones. La respuesta que han recibido por parte de la Junta Directiva resultante de aquel proceso, ha sido una sucesión de banalidades que concluían siempre con un “no procede la reclamación”.

Se cumple pues lo reseñado anteriormente y comprobamos como el infractor se erige en juez, perdiendo los preceptos de imparcialidad e independencia requeridos para tal menester, y consiguientemente, resultando incapacitado para emitir veredicto alguno.

Es muy triste comprobar lo distante que aún estamos en nuestras organizaciones de una verdadera “madurez” asociativa, y lo lejos que también estamos de comprender la verdadera esencia de un sistema democrático.

No puedo imaginar que nadie quiera ostentar un cargo, que sin duda alguna conlleva multitud de insatisfacciones, sin contar con un amplio respaldo de las bases de manera absolutamente inequívoca. Cuánto más fácil hubiera sido admitir a trámite las impugnaciones y haber convocado extraordinariamente a la Asamblea General para resolverlas, y si así se acordase, haber repetido el proceso electoral.

Lo sucedido en FEORCALE no es diferente de lo que viene sucediendo en otras asociaciones y federaciones, pues las irregularidades están a la orden del día. Pero en este nuestro mundo federativo, todo se resuelve entre chapuzas y amiguetes, donde todo vale, con tal de valga a los que se hacen valer. El resultado no es otro que un triste espectáculo donde las bases perciben una imagen muy decepcionante de sus dirigentes.

Obviando el craso error de haber consentido y participado en un primer momento en aquel irregular proceso electoral, las asociaciones de Castilla-León han hecho lo correcto, y dadas las circunstancias, están perfectamente legitimadas para ejercer sus derechos constitucionales ante los tribunales de justicia, y si definitivamente así lo hacen, nos estarán ofreciendo un ejemplo intachable de buen hacer y de madurez democrática, del que todos deberíamos tomar buena nota.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentar esta noticia