lunes, 23 de enero de 2012

Silencios y Patentes.

Hoy quiero hacer un homenaje al silencio; al silencio prudencial de muchas personas que han rehusado a ser estrellas mediáticas en este nuestro mundo de los foros ornitológicos; en aras, no precisamente de su propia privacidad, sino del beneficio de sus propios asociados. Son personas que han comprendido que esto de los carguitos ornitológicos implica una servidumbre hacia sus asociados y no al contrario. Ese silencio, lejos de denotar pasividad, lo que denota es verdadera responsabilidad y un ejercicio de sus funciones acorde con ese principio de servir a los demás. Ese silencio puede pasar inadvertido para la mayoría, y por ello hoy quiero convertirlo en noticia a modo de homenaje hacia esos dirigentes. Ese homenaje está dedicado a dos colectivos concretos: La actual Junta Directiva de FOCVA y los dirigentes del movimiento UEFO, por la discreción con que vienen obrando, apartándose del mundanal ruido tan saturado de corruptelas y escándalos.

Pero pese a que admiro ese silencio activo, es cierto que algún día habrán de romperlo, porque mantenerse eternamente en silencio es convivir con el pecado. Ya lo dijo Santa Catalina de Siena: “¡Basta de silencios, gritad con cien mil lenguas! Porque por haber callado, el mundo está podrido”. Y Martin Luther King: “Nuestra generación no se habrá lamentado tanto de los crímenes de los perversos, como del estremecedor silencio de los bondadosos”.

Fruto de ese silencio, también se vienen produciendo ciertos hechos que están pasando inadvertidos, y que de otro modo, serían titulares indiscutibles en los foros por su trascendencia. En efecto, la crisis interna que atraviesa FOCDE desde la celebración de su última asamblea persiste hasta nuestros días y se traduce en recurrentes problemas, pese a que alguna mente obtusa y enferma, aferrada a las prebendas de su carguito, se empecine en mantener lo contrario en sus mal llamadas editoriales, las cuales lo retratan fielmente. Así se constata que la problemática en Galicia no ha cesado, al comprobar de nuevo como una asociación vuelve a desafiar al sistema de la que antes fue la todopoderosa FOCDE, la cual también guarda silencio al respecto, pero por motivos bien diferentes.

La Asociación Ornitológica de O Grove celebraba su concurso social los pasados días 16 al 24 de diciembre, y lo hacía con la participación en el mismo de jueces, ya no sólo del Colegio de Jueces de FOCDE, entre los cuales se encontraban los Presidentes de las Comisiones Técnicas de Color y Psitácidos, sino también con la participación de jueces expulsados previamente de FOCDE (aún continúan las expulsiones “automáticas”) y de jueces del colectivo UEFO. Dado que esta circunstancia viola manifiestamente la normativa de FOCDE (Art. 26 del R.R.I.), a la que está adscrita la referida asociación, resulta obvio que el hecho constituye un claro desafío a la entidad, y por consiguiente, es fácilmente deducible que escasa importancia otorga esta asociación a las consecuencias que puedan sobrevenir, que no serían otras que la expulsión.

Los jueces de FOCDE participantes en aquel evento se limitaron a enjuiciar las aves asignadas y no protagonizaron ningún incidente, pese a que, obviamente, no desconocían los hechos. También es obvio que los Presidentes de las Comisiones Técnicas citadas y por tanto miembros de la Junta Directiva del Colegio, no dieron cumplimiento a sus obligaciones según se estipulan en el Art. 26.f) del Reglamento del Colegio de Jueces de FOCDE; como tampoco el Presidente del Jurado pudo cumplimentar debidamente el Acta según lo estipulado en el Art. 53.d) del anteriormente referido Reglamento.

El Presidente ilegítimo de FOCDE no desconoce estos hechos, pero nada hará en consecuencia, demostrándose por enésima vez que las normas de la entidad son sólo aplicables a quienes pongan en peligro sus “potestades” en el ejercicio del cargo, al que se aferra con espectáculos tan bochornosos como el que protagonizó en la pasada Asamblea. No, al contrario, a la Asociación Ornitológica de O Grove se le pretende pasar la mano por encima del hombro, sencillamente porque la maltrecha FOCDE se sigue derrumbando y cada día se suman nuevas pérdidas para la entidad. Para ello, el Sr. Jiménez planea un nuevo viaje a Galicia, que como siempre manifiesta, pagará de su propio bolsillo (me recuerda al famoso Guillermito, que también decía lo mismo), con el que pretende reconducir al redil a las ovejas descarriadas.

El problema de aplicar las normas de manera arbitraria y a conveniencia, según el caso, sólo conduce a males mayores y el mensaje que van a percibir todas las asociaciones de España adscritas a FOCDE es que, en adelante, FOCDE está tan debilitada que es incapaz de mantener disciplina alguna en su funcionamiento interno, y por tanto, que sus normas no son más que papel mojado. El próximo año, las asociaciones de FOCDE ya saben que pueden solicitar los jueces que quieran, pertenezcan o no a FOCDE o a cualquier otra federación, porque no habrá consecuencias. De ahí la necesidad del silencio.

El silencio que cubre con su manto todas las consecuencias que se vienen derivando de aquella fatídica asamblea y la realidad de la crisis interna que se vive en la entidad apenas logra ocultar, pese a las panfletadas del Director de la revista Pájaros, el malestar de muchos de sus integrantes y cómo los propios jueces comprueban que año tras año se reducen los concursos a los que pueden ir a enjuiciar. También saben que el caso de O Grove no es el primero ni el último, y que otras muchas asociaciones podrían seguir su ejemplo en el futuro, por lo que los jueces sufrirían una masiva pérdida de enjuiciamientos.

En el seno del propio Colegio de Jueces de FOCDE surgen nuevas corrientes de opiniones contrarias a la doctrina tradicional de la entidad y favorables a la liberalización de los jueces, de manera que se permita a los mismos poder enjuiciar en concursos organizados por otras federaciones, con el propósito de minimizar las pérdidas de concursos en FOCDE. Esta teoría lleva implícita la necesaria liberalización en sentido contrario, es decir, que las asociaciones adscritas a FOCDE puedan a su vez convocar a jueces de otras federaciones. Estas corrientes de opiniones no surgen fruto del convencimiento, sino que son forzadas por las circunstancias inminentes e inevitables, y que escapan por completo al control de FOCDE. Tal vez la liberalización de los jueces pueda producir un efecto que minimice el incesante goteo de bajas que se vienen produciendo en FOCDE; pero por igual, también representaría una nueva competencia para los jueces de la entidad, ya que las asociaciones podrían desplazarlos en favor de los de otros Colegios. En el fondo, el verdadero origen del problema no es otro que la cada vez más precaria situación social de FOCDE.

Difícil solución tiene la tesitura planteada, que sin duda llena de frustración e impotencia al Sr. Jiménez, acostumbrado a imponer su santa voluntad desde los tiempos en que FOCDE era una entidad hegemónica que aplastaba a otras entidades minoritarias. Justa penitencia para tanto pecado, al vivir en sus propias carnes las consecuencias de sus propios actos.

Que nadie piense que me alegro por presenciar la agonía de FOCDE, ni tampoco pienso que dicha agonía sea positiva para el desarrollo de nuestra afición. Al contrario, pienso que es fundamental mantener el equilibrio de las fuerzas entre las entidades, necesario para impedir la implantación de una nueva entidad hegemónica. Por ello FOCDE no debe morir.

Los que aún quedan en FOCDE y cada día que pasa son menos, deben reflexionar sobre las causas de esta agonía, y si lo hacen objetivamente, comprenderán que hay una realidad que se impone, y es que D. Jesús Jiménez Cossío pasará a la historia por ser el Presidente de FOCDE bajo cuyo mandato se han producido dos cismas en la entidad, y que siendo FOCDE una entidad hegemónica cuando él accedió a la Presidencia, tras esos cismas la entidad es cada vez más minoritaria. Esto no es una opinión sino un hecho indiscutible, por lo que la única deducción posible es que la gestión del Sr. Jiménez no ha sido la correcta y cuyas consecuencias han resultado nefastas.

Pero el otro lado no está mejor y para ellos el futuro tampoco es halagüeño. Poco a poco el tiempo ha ido poniendo las cosas en su lugar y se desvelan los verdaderos intereses que movieron a los insurgentes del primer cisma y que en nada se corresponden con los principios que proclamaban inicialmente, por lo que las discrepancias internas afloran, por más que se quieran mantener ocultas. Todo el sistema ornitológico está podrido por las malas prácticas que se vienen realizando a lo largo de la historia, por los intereses particulares de sus dirigentes, porque los principios de la Democracia y del Estado de Derecho son burlados sistemáticamente en nuestras organizaciones, porque la transparencia de las gestiones no es más que una mera declaración de intenciones. Todo ello forma parte de la gran mentira ornitológica.

Tal vez en FOCDE aún estén a tiempo de comprender que el camino que recorren ahora sólo les aboca al fracaso, que el Sr. Jiménez es el principal obstáculo para rectificar ese destino de otro modo inevitable, y que la tan ansiada reforma estatutaria tantas veces solicitada por quien suscribe, es la única opción de sobrevivir para esta entidad. Esa imprescindible reforma tal vez exija demoler los pilares que sustentan a la obsoleta FOCDE, para que los nuevos sean sólidos y logren mantener el edificio en pie, porque de otro modo, se derrumbará inevitablemente.

Durante estos días salió también a la luz la circunstancia de que, desde la organización del Mundial, se solicitó la colaboración de FADO para que ésta prestase sus transportines para facilitar el transporte a dicho evento de las aves españolas, y la negativa de la citada entidad a prestar dicha colaboración. No voy a pronunciarme a este respecto más allá de reconocer el valiente gesto por parte del solicitante, que bien podría suponer un acercamiento entre ambas entidades; ni tampoco más allá de admitir el derecho del solicitado a no acceder a la solicitud. Lo que sorprende es que, pese a la negativa de FADO, la propia FOCDE acceda a colaborar con la organización del Mundial y sea ésta la que ceda sus propios transportines, dejando en clara evidencia a la propia FADO. Con otras palabras, sorprende que no se haya consensuado la posición de ambas entidades y se haya tomado una decisión conjunta, porque el resultado ha sido el que FOCDE haya dejado con el culo al aire a los dirigentes de FADO. Y la pregunta que subyace ante estos hechos resulta inevitable: ¿Cuál es la razón que ha motivado al ilegítimo Presidente de FOCDE a colaborar, aunque sea de manera anecdótica, con la organización del Mundial? La respuesta a esta cuestión posiblemente esté relacionada con lo expuesto anteriormente, y no sea otra que la debilidad de FOCDE, y por la cual, en un futuro no muy lejano, sea conveniente para FOCDE mantener las mejores relaciones posibles con sus adversarios.

Pero hablamos de los transportines de FOCDE con una normalidad que resulta paradójica, pues paradójico es el que FOCDE disponga de 300 huecos de transportín, ya que la adquisición de los mismos no constan en los Estados de Cuentas de la entidad en los últimos años, ni tampoco constan en su Estado Patrimonial. ¿De dónde salen esos transportines que todos hemos visto fotografiados? ¿Cuándo fueron adquiridos? ¿Por qué no constan en el Estado Patrimonial? ¿Se trata acaso de una partida distraída de los transportines de COM-E? Con estas interrogantes se pone una vez de manifiesto que las cuentas de FOCDE tienen poco de transparentes y que no existe sobre las mismas ningún tipo de control efectivo.

Dejando a FOCDE de lado y cambiando de tercio, como se diría en el argot taurino, una nueva problemática aflora relacionada con el Mundial y con la entidad organizadora, cual es el asunto de las jaulas utilizadas en el mismo y su presunta violación de la patente de la empresa Jausticab.

Todo comienza con una circular emitida por la empresa Jausticab y dirigida a las asociaciones de toda España, en la que el empresario informa sobre la posible infracción de sus derechos de patente por parte de la entidad organizadora del Mundial, la cual afirma ha copiado sus modelos, y advierte de las posibles consecuencias que pueden derivarse por la adquisición de dichas jaulas por parte de terceros. A todas luces resulta razonable, legítimo y comprensible, que la empresa defienda sus derechos y legítimos intereses, y que en consecuencia, emprenda las acciones legales pertinentes, advirtiendo y así evitando en lo posible, el que terceros puedan verse afectados. No hay por tanto nada que sea reprochable en el proceder de esta empresa a este respecto.

Pero los dirigentes de FOA no lo ven así, y además necesitan justificarse ante las acusaciones de la empresa Jausticab de infringir la legalidad al haber violado, presuntamente, los derechos de patente de la misma sobre el objeto de dicha patente. Por ello, emiten un comunicado que hacen público en su foro y que se sustenta en los siguientes puntos:

1º.- Que COM ya define estos modelos de jaulas en su página web e incluyen el enlace a la misma, en el que puede observarse como COM publica un texto esquemático que en manera alguna describe con la necesaria precisión unos modelos que ya existen en el mercado, y al contrario de lo que se dice en el comunicado y faltando a la verdad, se comprueba que nada se indica sobre materiales de construcción, en un documento que además carece de fecha de publicación, fundamental para realizar cualquier reivindicación al respecto. Pero para más inri, en la misma página, es la propia COM la que, con fecha 28 de marzo de 2008, o sea, de manera muy posterior al primer uso de los modelos de Jausticab, reconoce y autoriza el uso en los Mundiales de las jaulas de cartón.

2º.- Los autores del comunicado alegan que las jaulas de cartón ya han sido utilizadas en anteriores campeonatos del mundo, hecho del todo cierto, como también es cierto que dichos campeonatos se han celebrado en países extranjeros, en los cuales la empresa no tiene la patente y por lo tanto, nada se acredita con este extremo ni se justifica el uso en España. Continua el comunicado afirmando que las jaulas de cartón se han fabricado con anterioridad a la propia existencia de Jausticab en el hemisferio sur, circunstancia de la que hablaré más adelante.

3º y 4º.- Alegan en estos puntos que ninguno de los modelos de Jausticab es parecido al que se ha empleado en el Mundial de Aguadulce, existiendo, según ellos, sustanciales diferencias.

5º.- Reprochan a la empresa Jausticab el haber utilizado los ficheros de FOA para dirigirse a sus asociados. Esta afirmación resulta gratuita en todo caso, pues en manera alguna puede afirmarse tal cosa, ya que es de suponer que la empresa Jausticab pueda disponer de sus propias bases de datos. Lo que sorprende es que realicen este reproche si como ellos mismos afirman, son ellos mismos los que publican los datos de sus asociados en su página web y son de acceso público, contraviniendo así y de manera flagrante la Ley de Protección de Datos.

Tras el comunicado, interviene el propio Sr. Cabrera, quien comienza denunciando algo que ya es recurrente en ese foro, y cómo para poder expresarse y rebatir el comunicado, se ha visto obligado a ocultar su nombre para que el administrador le diese registro en el mismo. Poco hay que comentar a este respecto.

Posteriormente se produce un cruce de acusaciones entre el referido empresario y el Sr. Cárdenas, el cual incluso deja entrever una velada amenaza por el proceder del Sr. Cabrera, dándole a entender algo así como que habrá consecuencias, resaltando entre comillas el “precio” que habrá de pagar. ¡Increíble, pero todos hemos podido comprobarlo!

Todo ciudadano de a pie tiene, aunque sea de una manera vaga e imprecisa, el conocimiento de que existen las patentes y de que lo patentado no puede ser copiado por terceros no autorizados por el titular de la patente. Hasta aquí, estamos todos de acuerdo. También cualquier ciudadano de a pie, sin tan siquiera tener un conocimiento mayor, percibirá la cantidad de tonterías que se han expresado en el transcurso del debate, poniendo de manifiesto además, la cara dura que algunos exhiben para justificar su proceder.

La inexcusable trascendencia de este asunto me ha motivado a escribir este artículo, al objeto de aportar una luz en los conceptos que permita a los lectores interpretar bajo su propio criterio pero de manera precisa, lo expresado por los debatientes, pudiendo así separar la paja del grano y desmontando las argumentaciones falaces. Para ello, es requisito imprescindible asesorarse previamente y recabar la información necesaria, que no es otra que la contenida en la Ley que es de aplicación: la Ley 11/1986 de 20 de marzo, de patentes y modelos de utilidad.

Ya en el prólogo de la Ley se indica que su propósito es crear un mecanismo que proteja eficientemente los resultados de la investigación; es decir, que los investigadores gocen de protección frente a terceros que ilegítimamente pretendan beneficiarse de sus trabajos. Al mismo tiempo, es objetivo primordial para la Ley promover la investigación y desarrollo tecnológicos que resulten en una industria cada vez más avanzada y competitiva. Para ello se crea la figura de la patente, que es un título que concede al poseedor de la misma los derechos de su explotación industrial y/o comercial durante un cierto tiempo, transcurrido el cual, dichos derechos quedan derogados y pasan a ser de dominio público.

La Ley prevé dos títulos diferentes de propiedad industrial: las patentes de invención y los modelos de utilidad. Tal y como lo define la Ley, las patentes son inventos nuevos, que impliquen actividad inventiva y que sean susceptibles de aplicación industrial; mientras que los modelos de utilidad son aquellas invenciones que, aun siendo nuevas e implicando una actividad inventiva, consisten en dar a un objeto una configuración, estructura o constitución de la que resulte alguna ventaja práctica y apreciable para su uso o fabricación. Por ejemplo, son modelos de utilidad los utensilios, instrumentos, herramientas, aparatos, etc. que siendo nuevos ofrezcan ventajas frente a otros ya existentes. La Ley prevé distintos requisitos para la obtención de uno u otro, así como distintos grados de protección, ya que las patentes de invención caducan a los 20 años, mientras que los modelos de utilidad lo hacen a los 10.

Para que un invento se pueda patentar debe cumplir el requisito de novedad y actividad inventiva. Se considera que un invento es nuevo e implica actividad inventiva cuando éste no está comprendido en el estado de la técnica ni resulta de éste de una manera evidente para un experto en la materia. El estado de la técnica definido por la Ley está constituido por todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud de la patente se ha hecho accesible al público en España o en el extranjero por una descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro medio, así como todas las solicitudes de patente presentadas con anterioridad. En resumen, que no se puede patentar ningún invento que ya esté inventado, con independencia de que esté o no patentado.

Todo invento protegido por patente atribuye a su titular el derecho a impedir el que terceros puedan, sin su consentimiento: “La fabricación, el ofrecimiento, la introducción en el comercio o la utilización de un producto objeto de la patente o la importación o posesión del mismo para alguno de los fines mencionados” (Art. 50.c).

Aclarados estos conceptos básicos y tras consultar detalladamente la Ley podemos proceder a evaluar las distintas declaraciones producidas en el debate sobre este asunto realizado en el foro de FOA.

Según el comunicado emitido por FOA y refrendado posteriormente por el Sr. Cárdenas, se afirma que el Sr. Cabrera no es el inventor de los modelos que dice tener patentados, debido a que éstos ya están descritos por COM y que incluso fueron utilizados en Argentina con anterioridad; es decir, que éstos ya estaban comprendidos en el estado de la técnica y que, por consiguiente, no son patentables. Si estos Sres. leen detenidamente el Título V de la Ley, referido al procedimiento para la concesión de patentes, comprenderán que existen unos plazos para oponerse a la concesión de patente, y que incluso una vez concedida ésta, disponen de dos años para reivindicar la titularidad de la patente concedida, cosa que debe hacerse ante un Tribunal de Justicia. Mientras tanto no se produzca este hecho, toda alegación que hagan en este sentido carece de cualquier validez, porque el titular de la Patente es la empresa Jausticab.

Pero además, al tratarse de modelos de utilidad y no de patentes de invención, si leen el Titulo XIV comprenderán que éstos deben representar novedad e invención no a nivel mundial, sino exclusivamente en España, y también comprenderán que la protección es la misma que la de una patente de invención, salvo en el sentido de la caducidad. Por lo que a todos los efectos, sus alegaciones carecen de cualquier sustento legal.

Tal vez se comprenda mejor con ejemplos prácticos:

Jausticab es titular de un Certificado de Modelo de Utilidad en España, que fue concedido porque su invento no estaba registrado, ni descrito, ni usado en España. Mediante este Certificado la empresa Jausticab puede ejercer sus derechos en España pero no en otro país; así, no puede evitar que esos mismos modelos sean fabricados en Portugal, Italia o China, pero sí puede impedir la importación de esos modelos a España. Una vez transcurridos los 10 años de vigencia del Certificado, cualquiera podrá fabricar, comercializar o importar esos mismos modelos en España. Creo que con esto, quedan desmontadas una buena parte de las tonterías que se vienen argumentando.

No obstante, queda aún por dilucidar el hecho de que si la jaula utilizada en Aguadulce, atenta o no contra la patente de Jausticab, para lo cual se afirma que es sustancialmente diferente. A este respecto existe la creencia generalizada, o tal vez interesada, de que cambiando o modificando cualquier detalle del modelo original se evita el infringir la Ley, pero en absoluto es así, porque lo que se patenta es la idea, el concepto, la utilidad; no se patentan los materiales, la forma, las dimensiones, el color, etc. Así, el Art. 60 dice: “La extensión de la protección conferida por la patente o por la solicitud de patente se determina por el contenido de las reivindicaciones. La descripción y los dibujos sirven, sin embargo, para la interpretación de las reivindicaciones”. Y según el Art. 26: “Las reivindicaciones definen el objeto para el que se solicita la protección, deben ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción”.

La cuestión a este respecto habría pues de fundarse en el propio concepto de patentabilidad descrito en el Título II, para determinar si un determinado modelo ha sido plagiado de otro que goza de patente. Para hacerlo habría que constatar si dicho modelo reúne los requisitos para ser patentado, tal y como acreditó el primero para obtener la patente; así, en el caso que nos ocupa, las jaulas empleadas en Aguadulce deberán acreditar ser novedosas, implicar una actividad inventiva y ofrecer manifiestas ventajas prácticas apreciables para su uso, frente al modelo patentado por Jausticab.

En mi opinión, resulta obvio a todas luces que el modelo de Aguadulce (jaulas de color) no aporta nada que sea novedoso con respecto a las de Jausticab, de hecho, la idea y el concepto en sí, son los mismos. Tal vez existan algunas diferencias en lo que respecta al plegado del cartón o al sistema de fijación del frontal a la caja de cartón, que siendo benevolentes, puedan implicar cierta actividad inventiva, pero que están lejos de proporcionar una ventaja práctica, y en verdad es todo lo contrario, pues este sistema resulta ineficiente y requiere además de aplicar bridas de plástico adicionales. Aplicando estos criterios, el modelo de Aguadulce no reúne los requisitos de patentabilidad en España, por estar ya patentado por Jausticab, de cuyo modelo resulta un claro y manifiesto plagio que atenta contra los derechos de patente, aunque esto, claro está, deberá determinarlo en su día un juez.

Pero la guinda a todo este desaguisado la pone de nuevo el Sr. Díaz disfrazado de Soberano, haciendo gala una vez más de su torpeza, al intentar vestir a un santo a costa de desvestir a otro. El Sr. Díaz, de una manera retórica se pregunta:

"¿Puede una empresa adquirir estas jaulas fuera de España y cedérselas a FOA?"

¡Pero qué torpeza…! Esta pregunta encierra la única respuesta posible y que pretende servir de coartada, pero lejos de lograrlo, lo que hace es enturbiar más el asunto al desvelar otro, si cabe, aún peor.

El Sr. Díaz nos sugiere que no ha sido FOA la que ha comprado las jaulas, sino una empresa, que además es tan altruista que se las “cede” a FOA para su uso, habrá que entender que de manera gratuita, porque de otro modo no sería cesión. Por “una empresa” se entiende Aspire Ibérica S.L., que es la empresa del Sr. Penzo, y por fuera de España debe entenderse China, lugar de fabricación de los frontales de las jaulas. O sea, que la traducción de todo esto sería la siguiente: ¿Podría Aspire Ibérica S.L. importar las jaulas desde China, pagarlas de su propio bolsillo y cederlas gratuitamente a FOA para que ésta organice el Mundial? La respuesta es rotundamente NO, el Art. 50 de la Ley no deja dudas al respecto. Pero la réplica a esta interrogante es por igual locuaz: ¿Es que alguien puede creerse esta patraña?

Lo que pone al descubierto esta nueva torpeza del Sr. Díaz es que es la empresa del Sr. Penzo la que ha importado estas jaulas para proveerlas a FOA para la organización del Mundial, valiéndose para ello de nuevo de sus cargos, autocontratándose a sí mismo y lucrándose ilegítimamente, pretendiendo además su comercialización posterior. ¡No…, si bien que nos están ilustrando estos Sres. sobre cómo montárselo en este tipo de eventos!

Evidentemente y pese a todas las tonterías y patrañas que tiene uno que leer, la jaula no la inventó Jausticab, ni COM, ni ningún argentino, la jaula la inventó el hombre desde que es hombre, pero estos modelos de utilidad tienen un titular, que no es otro que la empresa Jausticab.

Yo no sé si finalmente la empresa Jausticab emprenderá acciones legales o no, ni tampoco sé cómo terminará todo esto, pero sí sé quiénes son los que serán finalmente afectados por tanta tropelía, y no serán otros que los propios asociados de FOA y la ornitología española en general. La historia pondrá todo es su sitio.